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  CON TODO EL PODER DE LA INFORMACIONManagua, Nicaragua - Martes 13 de Mayo de 2008 - Edición 9965
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Trabajo pesado le perturbó la gestación

Mined manda a la calle a trabajadora embarazada

* Y estaba de subsidio en su casa cuando tuvieron “la cortesía” de llevarle hasta ahí su carta de despido

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Foto
Yelba Mendoza fue despedida del Mined, a pesar de tener tres meses de embarazo. ALEJANDRO SÁNCHEZ / END

Como regalo en el “Mes de las Madres”, el Ministerio de Educación despidió a la trabajadora Yelba Patricia Mendoza Castillo, quien se encontraba en su tercer mes de gestación. No les bastó prescindir de sus servicios, sino que mientras estaba de subsidio le llevaron la carta de despido hasta su casa.

Mendoza laboraba en el proyecto de titulación de escuelas, por lo que viajaba constantemente a las zonas rurales del país. “Me enviaron a Yalí, Jinotega, y tuve que hacer el viaje a caballo, producto de eso tuve una complicación en mi embarazo y el médico me envió de subsidio”, relató la denunciante.

Al consultar al titular de Educación, Miguel De Castilla sobre este despido, afirmó no conocer el caso y no quiso brindar más información. María del Carmen Escobar, del área de Recursos Humanos, fue la encargada de llevar la carta de despido hasta la casa de Mendoza.

Doble violación laboral

Irela Alemán, abogada del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), explicó que en este caso existe doble violación laboral, pues no se puede despedir a una mujer embarazada y menos si está de subsidio.

“Además, dijo que para despedir a una embarazada se debe contar con el permiso del Ministerio del Trabajo. Tampoco se puede despedir a una persona que se encuentre de subsidio”, señaló Alemán.

Mendoza refirió que prestaba un servicio profesional al Mined, sin embargo, la Ley Laboral del país dice que después de tres adéndum, se establece una relación laboral.

“Firmamos siete contratos laborales, y la Ley establece en el artículo 27 del Código Laboral, que después de tres adéndum se entiende que hay un contrato indeterminado, pues ya existe una relación laboral”, dijo la quejosa.

Además, el artículo 64 de la Constitución Política establece que se va a respetar la reproducción humana, y que ninguna mujer embarazada puede ser despedida, a no ser que violente la Ley, explicó Mendoza. La demandante afirmó que no pide un reintegro a la institución educativa, sino que se paguen el pre y post natal, así como su liquidación.




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